Canarias: aduanas de España con Correos
Comprender el régimen canario
Debido a esta zona especial, las Islas Canarias no están sujetas al sistema armonizado del IVA, los impuestos sobre las ventas son competencia de las autoridades nacionales o locales. Existe un impuesto local sobre el consumo, el IGIC (Impuesto General Indirecto de Canarias) con diferentes tipos y otro impuesto sobre el consumo de algunos grupos de productos, el AIEM. El AIEM tiene diferentes tipos y varía en función del grupo de productos. El tipo aplicable del AIEM para los productos afectados se puede consultar aquí.
En un principio, el AIEM pretendía reforzar a las empresas canarias, ya que grava artículos que también se producen localmente y se pretendía hacer poco atractiva la importación de dichos artículos desde fuera de las Islas Canarias a las Islas Canarias.
El transportista se pondrá en contacto con el cliente final para liquidar los impuestos y realizar los trámites aduaneros cuando sea necesario.
Impuestos aduaneros
Paquetes de bajo valor → Menos de 150 EUR
Se considera de bajo valor sólo cuando los artículos del paquete no están sujetos al AIEM o a normativas especiales/aduaneras)
- IGIC (Impuesto General Indirecto Canario): no repercute al cliente final.
- DUA (Declaración de Aduanas) simplificado : Correos gestiona el trámite aduanero directamente con la Agencia de Aduanas - no contactará con el cliente final.
Paquetes de alto valor→ 150 EUR o más
Los artículos sujetos al AIEM se tramitan como de alto valor (incluso cuando el valor del artículo es inferior a 150 EUR).
- IGIC: a cargo del cliente final - el valor depende del código SA del producto
- AIEM: a cargo del cliente final - el valor depende del código SA del producto
- DUA ordinario
- Correos se pone en contacto con el cliente final por correo electrónico y/o carta con el documento de aviso de llegada de paquete titulado"AVISO DE LLEGADA DE ENVIO POSTAL SUJETOS A TRAMITES ADUANEROS".
- El cliente debe responder confirmando si desea que Correos actúe como agente de aduanas en su nombre (recomendado) o si utilizará un agente externo o realizará el despacho por su cuenta.
- El cliente debe incluir el número de DNI/NIF/NIE en el "aviso de llegada". No se aceptará el número de pasaporte u otro documento.
El proceso se agilizará si el cliente final también envía la factura comercial. Puede descargar este documento desde la página de pedidos de la app Bigblue y enviárselo a su cliente.
(La factura física se adjuntará siempre al envío para el despacho de aduanas)
- No es necesario enviar el justificante de pago (actualización de octubre de 2023).
El cliente final puede pagar los impuestos en persona en la oficina de Correos (recomendado) o por transferencia bancaria.